Licencia turística en Baleares: requisitos por isla

Comprueba qué pide tu isla para alquilar a turistas: tipo de vivienda, zona apta, plazas turísticas, declaración responsable y renovación de la ETV.

Para tener la licencia turística en Baleares, mira primero tu tipo de vivienda. Desde abril de 2025, un piso en un edificio no puede abrir una vivienda turística nueva. Solo vale si es tu casa habitual y alquilas 60 días al año o menos. En los dos casos, la vivienda tiene que estar en una zona apta y tener plazas turísticas.

Después presentas una declaración en el Consell de tu isla. Cada isla tiene su Consell, y cada una tiene sus plazas. Esta guía te dice qué mirar en Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera, y qué hacer si ya tienes la licencia y te toca renovar.

Lo primero es la isla, la zona y el tipo de vivienda

Antes de comprar muebles o pagar plazas, responde a tres preguntas:

  1. ¿En qué isla está? Cada isla tiene su Consell insular. El Consell lleva el alta, las plazas y las inspecciones.
  2. ¿Es un piso o una casa? Un piso en un edificio con vecinos casi nunca puede abrir una ETV nueva. Una casa, un adosado o un pareado sí pueden.
  3. ¿Está en una zona apta? Solo se admiten viviendas turísticas nuevas en las zonas que el Consell o el ayuntamiento han declarado aptas. Pide un certificado al ayuntamiento.

Si las tres respuestas son buenas, falta lo más difícil: conseguir plazas turísticas. Una plaza es el permiso para alojar a un huésped. Una casa con cuatro camas necesita cuatro plazas. Esto vale también para un piso con ETV60.

Diagrama: si tu vivienda es un piso en un edificio, solo puede ser turística como vivienda principal y 60 días al año; si es una casa o un adosado, sigue la vía general. En los dos casos necesitas zona apta y plazas turísticas antes de presentar la declaración en el Consell.
Un piso solo entra como vivienda principal, 60 días al año. Piso o casa, necesitas zona apta y plazas antes de la declaración.

El caso de los pisos

El Decreto-ley 4/2025 prohibió en todas las islas las declaraciones nuevas para viviendas en propiedad horizontal. Propiedad horizontal es un edificio con varios dueños y zonas comunes, como un bloque de pisos. La ley de junio de 2026 dejó fuera de la prohibición los adosados, los pareados y las casas aisladas que comparten parcela.

Hay una salida para los pisos: el alquiler de vivienda principal. Lo puedes usar si eres una persona física, alquilas tu propia vivienda habitual y no pasas de 60 días al año. Además, la zona debe estar declarada apta para esta modalidad. Esta licencia se llama ETV60. Como cualquier ETV, necesita plazas turísticas y la declaración en el Consell. En la declaración eliges los meses enteros en que alquilarás. Si quieres cambiarlos, lo comunicas en enero.

Requisitos del alquiler turístico en Baleares

Estos requisitos valen para todas las islas. Salen del artículo 50 de la Ley 8/2012 de turismo de las Illes Balears:

  1. Alquilas la vivienda entera. No se alquilan habitaciones sueltas, ni a dos grupos con contratos distintos a la vez. En la modalidad de vivienda principal puedes seguir viviendo en ella mientras están los huéspedes. Entonces debes decirlo en todos tus anuncios, y entre residentes y huéspedes no podéis pasar de las plazas de la cédula.
  2. Estancias cortas. Por días o semanas. Ninguna estancia puede pasar de 30 noches.
  3. Cédula de habitabilidad en vigor. Es el papel que dice cuántas personas caben. También valen el título de habitabilidad del Consell o la licencia de primera ocupación, si dice el número de plazas.
  4. Vivienda con al menos cinco años de uso residencial. En Menorca, el PTI solo lo exige en los núcleos tradicionales, no en las zonas turísticas.
  5. Certificado energético con nota mínima F (edificios hasta 2007) o D (desde 2008). En Mallorca, una casa que se da de alta cumple además el artículo 41 del PIAT: nota C o B, climatización de clase A, agua caliente con renovables, punto de recarga, luz eficiente y ahorro de agua. Lo acredita un técnico con un certificado. El artículo 40 añade condiciones de paisaje: plantas autóctonas en el jardín, tendedero y basuras ocultos a la vista, fachada sin elementos que desentonen y, en suelo rústico, vallas tradicionales sin alambre de espino. Hay excepciones, como las casas tradicionales anteriores a 1956.
  6. Contadores propios de luz y gas, si los hay, y de agua si la vivienda está conectada a la red pública.
  7. Seguro de responsabilidad civil que cubra a los huéspedes y, en un edificio, a la comunidad.
  8. No es ni ha sido vivienda protegida o de precio tasado, ni está en suelo rústico protegido.
  9. Sin una sanción urbanística grave pendiente. Si la vivienda tiene una sanción firme grave o muy grave, no puede alquilarse a turistas hasta que se arregle.
  10. Zonas de riesgo de incendio. Si la vivienda está en un área de prevención de riesgo de incendio, debe tomar las medidas que fija la Ley 6/1999.
  11. Como mucho tres viviendas turísticas por propietario. Si ya tienes tres o más, no puedes presentar otra DRIAT.
  12. Un baño por cada cuatro plazas. Con cinco plazas o más, ya hacen falta dos baños.
  13. Servicios para el huésped: limpieza, ropa de cama, menaje y mantenimiento. No puedes ofrecer comidas, ni siquiera desayuno.
  14. Un teléfono de asistencia 24 horas, también para los vecinos.
  15. Fiestas prohibidas en el contrato. El contrato con el huésped debe prohibir fiestas y eventos que molesten. Si las hay, cuando te enteres le pides que se vaya en 24 horas como mucho.
  16. Un libro registro de servicios, habilitado por el Consell. Ahí apuntas quién hace cada servicio (limpieza, ropa de cama, menaje, mantenimiento) y en qué fecha.

Con la declaración responsable entregas: tu identificación, el certificado municipal de zona apta (que diga también que el municipio no ha llegado a su tope de plazas, si lo tiene), el certificado de las plazas compradas y el permiso de la comunidad de propietarios si estás en un edificio. También el anexo 6 del Decreto 20/2015, que acredita los requisitos mínimos de calidad. Si es tu vivienda principal, también el certificado de empadronamiento.

La licencia ETV y las plazas turísticas en Mallorca

En Mallorca, las plazas las vende el CBAT, el Consorci Borsa d’Allotjaments Turístics del Consell de Mallorca. Desde el Decreto-ley 4/2025 no se pueden comprar plazas nuevas sin más. Hay dos caminos:

  • La bolsa temporal. Se llena con las plazas de las viviendas turísticas que se dan de baja, y el CBAT las vende en convocatorias. Los hoteles tienen su propia bolsa.
  • Plazas de otra vivienda. Si das de baja una vivienda turística tuya, puedes pasar sus plazas a otra vivienda tuya, con las mismas plazas o menos. También cuentan las plazas de una vivienda que las compró en su día y se da de baja de forma voluntaria. Avisa al Consell en el momento de la baja. Después tienes seis meses para presentar la declaración de la vivienda nueva. Si compras las plazas a otra persona, tienes tres meses desde la baja para entregar el documento de compra. Si no llegas, las plazas vuelven a la bolsa. Si el dueño de una vivienda que no tuvo que aportar plazas la da de baja, puede nombrar a un nuevo propietario. Esa persona tiene un mes desde la baja para comprar las plazas al Consell y tres meses para presentar la DRIAT.

Cuando hay plazas suficientes, el CBAT abre una convocatoria. Ejemplo real: el 19 de marzo de 2026, el BOIB publicó una convocatoria de 1.069 plazas en viviendas. Las solicitudes se presentaban por internet del 23 de marzo al 8 de abril, tras ampliar el CBAT el plazo inicial. Esa convocatoria ya está cerrada.

Lo que tienes que hacer en Mallorca:

  1. Pide al ayuntamiento el certificado de zona apta para tu vivienda.
  2. Sigue la sede del CBAT y el BOIB. Ahí salen las bases, el precio y las fechas de cada convocatoria.
  3. Compra las plazas cuando abran, por el trámite electrónico. Fuera de plazo, la solicitud no vale.
  4. Presenta la DRIAT en el Departamento de Turismo del Consell de Mallorca, con el certificado de las plazas. Tienes tres meses desde que compras las plazas. Si no llegas, las plazas vuelven a la bolsa y no te devuelven el dinero.

En seis zonas turísticas saturadas de Mallorca (las ZTM1, como Playa de Palma, Magaluf o Cala Millor), una vivienda nueva solo puede alquilarse uno de los dos meses de temporada alta: julio o agosto. Lo eliges en la DRIAT.

El listado oficial de establecimientos te deja ver si una vivienda ya tiene ETV. Sirve para comprobar un número. No sirve para comprar plazas ni para dar de alta otra vivienda.

El trámite y la comprobación en Menorca

En Menorca, lo lleva el Consell Insular de Menorca, en su Departamento de Ordenación Territorial y Turística. Allí también hay bolsas temporales de plazas, creadas por el Decreto-ley 4/2025. El Consell fijó sus requisitos y su precio en una resolución de junio de 2025.

Si compras plazas en Menorca, el reloj empieza a correr. Tienes tres meses desde que te notifican la compra para presentar la declaración responsable. Si no llegas, pierdes las plazas y no te devuelven el dinero.

Haz esto en Menorca:

  1. Pregunta al ayuntamiento si tu zona es apta y qué tipo de vivienda admite.
  2. Mira en la sede del Consell si la bolsa temporal tiene plazas y cómo pedirlas.
  3. Usa el modelo de declaración nuevo. Si compras plazas de la bolsa, la DRIAT debe ir en los modelos que el Consell publica en el BOIB y en su sede.

La administración competente en Ibiza y Formentera

En Ibiza, todo pasa por el Consell d’Eivissa. En Formentera, por el Consell de Formentera. En las dos islas, la compra de plazas está suspendida, como en Mallorca. Quedan las bolsas temporales que crea el Decreto-ley 4/2025 y los traspasos de plazas desde otra vivienda que se da de baja.

Ninguna de las dos islas hace convocatorias con fechas, como Mallorca. Desde junio de 2025 puedes pedir plazas en cualquier momento, con el formulario de la sede del Consell. En Ibiza se resuelven por orden de llegada cuando hay plazas libres. En Formentera las solicitudes se puntúan y esperan a que entren plazas. Si te las dan en Formentera, tienes 10 días naturales para presentar la DRIAT y pagar. Antes de pedirlas:

  1. Mira la lista de solicitudes que publica el Consell y cuántas plazas hay en la bolsa.
  2. Pide al ayuntamiento el certificado de zona apta.
  3. No compres una casa por un anuncio que dice «con licencia». Pregunta al Consell si el número existe y si se puede cambiar de dueño.

Ibiza también es la isla donde más se persigue la oferta ilegal. Ya hay viviendas precintadas antes de que acabe el expediente. Lo contamos en lo que pasa si alquilas sin licencia en Baleares.

Renovar una autorización que ya tienes

No todas las ETV caducan. Depende de cuándo se dio de alta y de qué tipo es. Esta es la tabla del CBAT para Mallorca:

Tipo de licencia¿Se renueva?Cuándo pedirlo
VT (vivienda turística de vacaciones)NoNunca
ETV de calidad de 2006 (casa)Sí, cada seis añosDos meses antes de que venza
ETV pedida de jul. 2012 a jul. 2017NoNunca
ETV de casa con plazas (desde agosto 2018)NoNunca
ETVPL (piso en edificio)Sí, cada cinco añosEl mes antes de que venza
ETV60 (vivienda principal, 60 días)Sí, cada cinco añosEl mes antes de que venza

La ETV de calidad de 2006 tiene su propio trámite: una solicitud por escrito dos meses antes de que venza. Pregunta al Consell cómo presentarla.

Para renovar una ETVPL o una ETV60, el propietario presenta una comunicación al Consell. También la puede presentar quien comercializa la vivienda, con permiso del dueño. Dices que la vivienda sigue cumpliendo todo y aportas el certificado de que puedes usar las plazas otro periodo. En una ETV60, además, demuestras que sigue siendo tu vivienda principal.

Si no lo pides a tiempo, tienes que dejar de alquilar. La vivienda pasa a baja definitiva y las plazas vuelven al Consell. Apunta la fecha en el calendario.

Las otras islas siguen la misma ley: cinco años para pisos y vivienda principal, con renovación en el mes anterior. Confirma con tu Consell la fecha de tu caso.

Después del alta, registro de viajeros y tasa turística

Con la ETV en vigor, empieza el trabajo de cada reserva:

Si tienes viviendas en otras comunidades, el nombre de la licencia en cada una está en la licencia turística en España. Los pasos comunes a todas están en cómo conseguir la licencia turística. Si es tu primera vivienda turística, el orden de todos los pasos, de la comunidad de propietarios al alta en Hacienda, está en cómo empezar con una vivienda vacacional desde cero.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta la licencia de alquiler vacacional en Mallorca? Presentar la declaración no es lo caro. Lo caro son las plazas turísticas, que se pagan por plaza. El CBAT fija el precio en las bases de cada convocatoria, publicadas en el BOIB. No hay una tarifa fija, así que mira las bases de la convocatoria abierta.

¿Cuándo se necesita una licencia turística? Cuando alquilas una vivienda entera a turistas, por días o semanas, con servicios como limpieza o ropa de cama. En Baleares, una estancia turística no puede pasar de 30 noches. Alquilar 31 noches no la convierte en otra cosa: un alquiler de temporada necesita un motivo real que no sea turístico, como trabajo o estudios, y conviene que conste en el contrato. Si alquilas a turistas sin licencia, el Consell puede cerrar la vivienda y multarte.

¿Qué diferencia hay entre alquiler turístico y alquiler vacacional? En el habla diaria son lo mismo: alquilar a turistas por poco tiempo. En la ley balear se llama comercialización de estancias turísticas en viviendas, y la licencia es la ETV. Un alquiler de temporada, por estudios o trabajo, es otro contrato y no necesita ETV.

¿Cuáles son los valores del impuesto turístico en las Islas Baleares para 2026? Las tarifas cambian según el tipo de alojamiento y la temporada. Las tenemos al día en la tasa turística en España, junto a las del resto de comunidades.

Detalles y fuentes

  • Requisitos. Artículo 50 de la Ley 8/2012, de turismo de las Illes Balears, texto consolidado del BOE actualizado el 13 de junio de 2026. Apartado 3: solo se admiten declaraciones nuevas en zonas declaradas aptas (art. 5) o delimitadas provisionalmente (art. 75); en propiedad horizontal la DRIAT habilita por cinco años, prorrogables si se presenta la comunicación «durante el mes anterior a la finalización de cada periodo»; sin ella, la vivienda pasa a baja definitiva y las plazas vuelven al organismo gestor. Apartado 13: ninguna estancia puede superar un mes, «se superan las treinta noches». Apartado 20: alquiler de vivienda principal para personas físicas, un máximo de 60 días al año, en zona declarada apta para esta modalidad por los consejos insulares o el Ayuntamiento de Palma. Apartado 4: sin comercialización mientras haya sanción urbanística firme grave o muy grave. Apartado 22.a): los 60 días se indican en la DRIAT por meses completos y los cambios se comunican en enero. Apartado 22.e): documentación de la DRIAT, con certificado municipal de zona apta y de no superar el máximo de plazas del municipio. Artículo 52.2: un baño por cada cuatro plazas. Disposición adicional decimocuarta: traspaso de plazas, con aviso en la baja, seis meses para la nueva DRIAT y tres meses para acreditar la compra a un tercero. Comunidad de propietarios: artículo 17.12 de la Ley 49/1960 de propiedad horizontal, en la redacción de la Ley Orgánica 1/2025 (desde el 3 de abril de 2025). Mallorca: artículos 39 (ZTM1, julio o agosto) y 41 (calificación energética C o B en viviendas unifamiliares) del PIAT de Mallorca. Plazo de tres meses para la DRIAT tras la convocatoria de marzo de 2026, según Última Hora; no pudimos abrir el texto de las bases. Artículo 51: limpieza, ropa, mantenimiento, libro registro desde el 1 de mayo de 2023 y asistencia telefónica 24 horas. Apartado 19: medidas del anexo 1.1.a) de la Ley 6/1999 en áreas de prevención de riesgo de incendio. Disposición adicional octava de la Ley 6/2017: no se admite otra DRIAT del propietario de tres o más viviendas ya comercializadas. Ibiza y Formentera: resoluciones de sus Consells en el BOIB n.º 77 de 19 de junio de 2025 (orden de entrada) y el BOIB n.º 75 de 14 de junio de 2025 (puntuación y 10 días naturales). Apartados 12 (prohibición de fiestas en el contrato y salida en 24 horas), 15 y 22.b) (un solo contrato a la vez) y 22.d) (sin restauración). Artículo 91.8: comprador designado, un mes para adquirir las plazas y tres meses para la DRIAT. Apartado 2: también el título de habitabilidad análogo del Consell o la licencia de ocupación con plazas. Apartado 6: contador de agua cuando la vivienda recibe el servicio de la red pública. Artículo 51.2: el libro registro anota fecha y persona de todos los servicios del 51.1. Menorca: artículo 56.4 del PTI de Menorca, cinco años solo en núcleo tradicional. Mallorca: artículo 40 del PIAT (calidad paisajística).
  • Pisos. Disposición adicional segunda del Decreto-ley 4/2025, de 11 de abril, convalidado el 8 de mayo de 2025: desde su entrada en vigor no se admiten nuevas declaraciones para viviendas en propiedad horizontal en todas las islas, salvo la modalidad de vivienda principal. La Ley 4/2026, de 11 de junio (disposición final vigesimosegunda) amplía la excepción a adosados, pareados y unifamiliares aisladas que comparten parcela con otras edificaciones.
  • Plazas. El mismo decreto modifica la disposición adicional primera de la Ley 3/2022: en Mallorca, Ibiza y Formentera se suspende la compra de plazas y el intercambio entre particulares, con excepciones, hasta que cada Consell evalúe la capacidad de carga de su isla. La disposición transitoria segunda crea en cada isla dos bolsas temporales, una para viviendas, alimentadas con las bajas.
  • Mallorca. Resolución del presidente del CBAT, BOIB n.º 35 de 19 de marzo de 2026: 1.069 plazas en viviendas, solicitudes desde el 23 de marzo (9.00 h), hasta el 30 de marzo en origen y hasta el 8 de abril de 2026 (8.59 h) tras la ampliación del BOIB n.º 36 de 21 de marzo de 2026. La disposición adicional primera de la Ley 3/2022, en la redacción del Decreto-ley 4/2025, mantiene cuatro intercambios de plazas entre particulares, entre ellos el traslado entre viviendas del mismo propietario y las plazas de una vivienda que las obtuvo de forma onerosa y se da de baja voluntaria. Las bases, con precio y condiciones, salieron en el BOIB n.º 33 de 14 de marzo de 2026. Tabla de renovación del CBAT, consultada el 21 de octubre de 2026.
  • Menorca. Resolución 2026/460 del Consell Insular de Menorca, BOIB n.º 67 de 28 de mayo de 2026: tres meses desde la notificación de la compra de plazas para presentar la DRIAT; si no, las plazas vuelven a la bolsa sin reembolso. Modifica la resolución n.º 284 de 6 de junio de 2025 (BOIB n.º 75 de 14 de junio de 2025).
  • Palma. Aprobación definitiva de la modificación del Plan General (PG23), BOIB n.º 81 de 27 de junio de 2026, aprobada por el Pleno el 28 de mayo de 2026: «la totalidad del municipio de Palma se determina como zona única no apta» para las ETV (norma 4.2.4). El acuerdo también impide renovar las ETV no permanentes y trasladar plazas a otra ubicación de Palma.
  • Registro de viajeros. El artículo 50.11 obliga a enviar a la Dirección General de la Policía la información de la estancia, de acuerdo con el Real Decreto 933/2021.