El 3 de septiembre de 2026 el BOE publicó el Real Decreto 707/2026, de 2 de septiembre, que aprueba el primer Reglamento estatal de condiciones básicas de accesibilidad cognitiva. Entra en vigor el 2 de enero de 2027 y no se limita a las administraciones: alcanza a los prestadores privados de servicios de la sociedad de la información y a los bienes y servicios a disposición del público. Un hotel, un hostal y una vivienda turística entran en esa descripción.
La accesibilidad cognitiva no es traducir la web ni cumplir WCAG. Es que el huésped entienda qué le pides, por qué, qué pasa si se equivoca y a quién acudir: en la reserva, el consentimiento, el check-in, la firma, el pago, las normas, los carteles y la hoja de reclamaciones.
Este artículo separa los tres calendarios que conviene no mezclar, convierte los artículos 4 a 9 del reglamento en una auditoría del recorrido del huésped, y deja una tabla reutilizable y un plan de 90 días. Informa y orienta; no sustituye al asesoramiento jurídico ni técnico.
Qué es la accesibilidad cognitiva y a quién protege
El reglamento define las dificultades cognitivas como las barreras que una persona encuentra en la comprensión, la comunicación y la interacción con otras personas y con su entorno, derivadas de discapacidad, de situaciones de salud, de la edad, de factores socioeconómicos (como la pobreza o el analfabetismo) o de factores contextuales (como el desconocimiento del idioma), entre otras circunstancias (artículo 3).
Traducido a un alojamiento, la lista de personas que pueden tropezar con tu check-in es más larga de lo que parece:
- Un huésped de 78 años que reserva por primera vez desde el móvil.
- Una persona con autismo a la que un mostrador con música alta y tres carteles contradictorios le impide procesar la información.
- Alguien con daño cerebral adquirido que necesita que la instrucción no cambie de sitio a mitad del proceso.
- Una familia que no domina el español y que acepta una política de cancelación sin haberla entendido.
- Un viajero agotado tras un vuelo de doce horas, con el móvil al 4 %, ante una caja de llaves con un código de ocho pasos.
Tres precauciones que salen del propio texto:
- No hace falta diagnosticar. La norma protege situaciones, no etiquetas. No pidas al huésped que acredite nada para darle información clara.
- No es lo mismo que traducir. Un texto mal escrito sigue siendo confuso en cuatro idiomas.
- No es lo mismo que WCAG ni que la accesibilidad física. Se complementan, pero un formulario que pasa un validador de contraste puede seguir siendo incomprensible.
Tres calendarios que conviene no mezclar
La fecha que aparece en todos los titulares es el 2 de enero de 2027. Es la entrada en vigor del reglamento, y el reglamento no incluye disposiciones transitorias. Pero convive con dos normas anteriores que tienen su propio calendario, y el artículo 9 se declara expresamente “sin perjuicio” de ambas.
| Norma | Qué regula | Fecha clave | Para quién |
|---|---|---|---|
| Real Decreto 707/2026 | Condiciones básicas de accesibilidad cognitiva | En vigor el 2 de enero de 2027 | Administraciones y prestadores privados en los ámbitos del artículo 5 de la Ley General |
| Real Decreto 193/2023 | Accesibilidad y no discriminación en bienes y servicios a disposición del público | 1 de enero de 2029 (nuevos) y 1 de enero de 2030 (existentes) | Bienes y servicios privados; los nuevos y los ajustes razonables sobre los ya existentes |
| Ley 11/2023 (Directiva 2019/882) | Requisitos de accesibilidad de determinados productos y servicios, incluido el comercio electrónico | Aplica desde el 28 de junio de 2025; transitoria hasta el 28 de junio de 2030 | Los servicios que enumera la ley; los contratos anteriores pueden seguir hasta 2030 |
Lo que esa tabla no resuelve, y hay que decidir con asesoramiento: si tu web de reservas es un servicio de la sociedad de la información (artículo 6, exigible desde 2027) o un bien o servicio del capítulo III del RD 193/2023 (con su calendario de 2029 y 2030), o las dos cosas a la vez según la pantalla. La respuesta cambia según el servicio, el canal y si la obra o el software son nuevos o existentes. Por eso el plan de 90 días de más abajo empieza por un inventario y no por una reforma.

Lenguaje sencillo, lenguaje claro y lectura fácil
El reglamento usa tres términos distintos y les asigna obligaciones distintas. Confundirlos es el error más habitual, y el más caro, porque llamar “lectura fácil” a un texto abreviado no lo convierte en lectura fácil.
| Término | Qué es según el artículo 3 | Dónde lo exige el reglamento al alojamiento |
|---|---|---|
| Lenguaje sencillo | Comunicación oral o escrita que pone a las personas en primer lugar: frases cortas, palabras comunes, sin acrónimos sin explicar | Mínimo por defecto (artículo 5.2). Información comercial básica, contratación, consentimiento e instrucciones (artículo 9) |
| Lenguaje claro | Comunicación que prioriza a quien lee y considera qué necesita saber, su experiencia, su alfabetización y el contexto de uso (UNE-ISO 24495-1) | Documentación de prevención de riesgos laborales (artículo 14) |
| Lectura fácil | Método con pautas de redacción, diseño, maquetación y validación de documentos (UNE 153101) | Hoja de reclamaciones (artículo 9.2) y formación laboral (artículo 14) |
La norma UNE 153101:2018 EX describe dos procesos, adaptación y creación de documentos, y en ambos la fase de validación la protagonizan personas con dificultades de comprensión lectora. Un traductor automático o un resumen generado no acreditan esa validación. Si necesitas una hoja de reclamaciones en lectura fácil, encárgala a quien pueda validarla.
El recorrido digital del huésped: artículos 4 a 6
El artículo 4 recoge los principios del diseño universal: uso equitativo, uso flexible, uso intuitivo y sencillo, información perceptible, tolerancia al error, reducción del esfuerzo, control de los estímulos sensoriales, y tamaño y espacio para el acceso y uso. El artículo 5 fija los requisitos generales: contenido de fácil comprensión en formato escrito, pictográfico, sonoro o con apoyos; sin coste adicional, aunque se apoye en aplicaciones o asistentes virtuales; y sin que la solicitud de adaptación cause dilación indebida.
El artículo 6 aterriza todo eso en los servicios digitales. Obliga a los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España a aplicar medidas de accesibilidad cognitiva en:
- Contenidos textuales y no textuales.
- Documentos y formularios.
- Contenidos multimedia.
- Sistemas y mecanismos de interacción y, expresamente, las formas de prestación del consentimiento y los procesos de identificación, autenticación, firma y pago, más las herramientas digitales vinculadas a la contratación y a la aceptación de condiciones.
El artículo 6.4 añade que los canales de atención al público deben ofrecer formatos diversos, con atención expresa a ayuda, facturas, pasarelas de pago, contacto y reclamaciones.
Auditoría del recorrido digital
Convierte cada pantalla en una pregunta. Si la respuesta es “no”, tienes un punto de la tabla de más abajo.
| Paso | Pregunta de auditoría |
|---|---|
| Página de reserva | ¿Se entiende el precio total, lo que incluye y cuándo se cobra sin abrir otra pestaña? |
| Confirmación | ¿La primera pantalla dice qué ha pasado, qué falta y qué hacer ahora? |
| Política de cancelación | ¿Hay una versión en lenguaje sencillo antes de aceptar, no solo el texto legal? |
| Consentimiento de datos | ¿Explica qué datos, para qué y cuánto tiempo, en una frase por dato? |
| Identificación y documento | ¿Muestra un ejemplo de lo que se pide y avisa del error en el momento, no al final? |
| Autenticación | ¿Existe una vía sin contraseña que recordar (enlace, código de un uso, QR)? |
| Firma | ¿Se puede leer lo que se firma en el mismo tamaño y lengua que el resto? |
| Pago, depósito o fianza | ¿Queda claro qué se cobra ahora, qué se retiene y cuándo se devuelve? |
| Ayuda | ¿Hay un botón de ayuda humana visible en cada paso, sin salir del proceso? |
Aquí es donde una check-in app ayuda o estorba. Reduce carga cognitiva si pide solo lo necesario, explica por qué, muestra el avance, conserva lo ya completado, permite corregir y ofrece asistencia. La crea si obliga a recordar contraseñas, encadena consentimientos opacos o deja al huésped sin alternativa. Un enlace de check-in con QR sin cuenta ni contraseña quita el primer obstáculo; un formulario que guarda borradores y valida cada campo al momento quita el segundo. Qué datos pide el parte y por qué está en la guía del registro de viajeros.
Cualquier apoyo personalizado (texto ampliado, versión guiada, recordatorio) se diseña con minimización de datos: no guardes que un huésped “necesita ayuda” salvo que sea imprescindible y lo haya pedido. Cómo tratar los datos del huésped está en el post sobre protección de datos de huéspedes.
Atención al huésped y consumo: el artículo 9
El artículo 9 se aplica a los proveedores de los bienes y servicios regulados en el capítulo III del RD 193/2023, que deben aplicar los principios del artículo 4 y los requisitos del artículo 5, y además:
- Difundir la información de todos los servicios en formatos y soportes cognitivamente accesibles (9.1.a).
- Habilitar formas de comunicación aumentativas y alternativas y medios de apoyo para que nadie quede excluido (9.1.b).
- Disponer de productos de apoyo, tecnologías de asistencia y, en su caso, personal con preparación suficiente (9.1.c).
- Facilitar la información comercial básica en lenguaje sencillo y, cuando sea posible, con otros apoyos visuales (9.2.a).
- Garantizar una hoja de reclamaciones en formato de lectura fácil (9.2.b).
- Trasladar en lenguaje sencillo las cuestiones de contratación, consentimiento e instrucciones de uso (9.3).
Con el artículo 5 encima, la adaptación no puede tener coste adicional ni provocar demoras indebidas, sobre todo cuando está en juego un derecho, una reclamación o una emergencia.
Qué documentos revisar primero en un alojamiento
Prioriza por consecuencias: seguridad, derechos, importes, plazos y decisiones irreversibles.
- Protocolo de evacuación y carteles de emergencia.
- Hoja de reclamaciones en lectura fácil validada.
- Cancelación, depósito y fianza. Importes, fechas y qué pasa si no se cumple.
- Consentimiento de datos y parte de entrada.
- Instrucciones de acceso. Qué hacer si no abre, a quién llamar.
- Normas de la casa. Menos prohibiciones, más “cómo se hace”.
- Desayuno y alérgenos.
- Plano y orientación.
- Confirmación de reserva y carta de bienvenida. Lo esencial primero.
El edificio: qué exige el artículo 7 y qué no
El artículo 7 remite a la Orden TMA/851/2021 para los espacios públicos urbanizados y al Código Técnico de la Edificación para los edificios. Las condiciones de accesibilidad cognitiva son exigibles en los edificios de nueva construcción, en las grandes intervenciones sobre edificios existentes y, en el resto de intervenciones sobre edificios existentes, únicamente en los elementos afectados por la intervención (artículo 7.3).
Es decir: el reglamento no ordena reformar todos los hoteles. Ordena que, cuando construyas o intervengas, la parte tocada sea cognitivamente accesible. Medidas de bajo coste que no esperan a una obra, siempre validadas con la normativa técnica aplicable:
- Orientación coherente: un color por planta, un pictograma por servicio, siempre en el mismo sitio.
- Numeración inequívoca de habitaciones y puertas, con contraste.
- Recorridos y salidas comprensibles, con el mismo pictograma desde la habitación hasta la calle.
- Zonas de baja estimulación: un rincón sin música ni pantallas.
- Alternativa humana visible: un timbre, un teléfono o una persona.
La disposición adicional segunda encarga al CEACOG (Centro Español de Accesibilidad Cognitiva) proponer en tres años un catálogo público y gratuito de pictogramas para señalización. Hasta entonces, usa pictogramas normalizados y no inventes los tuyos.
La capa laboral: artículo 14
El artículo 14 se aplica a las personas trabajadoras que acrediten una discapacidad intelectual y un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Con ese requisito, la empresa debe formar en lectura fácil y formatos alternativos, elaborar en lenguaje claro la documentación de prevención de riesgos laborales, publicar ofertas de empleo accesibles en lenguaje sencillo, permitir adaptaciones en entrevistas, disponer de sistemas de autenticación y fichaje accesibles, facilitar la comunicación aumentativa y adoptar ajustes razonables en horarios, cargas y tecnologías de apoyo, salvo carga desproporcionada.
Dos avisos. El requisito del 33 % es laboral; no se traslada al huésped, que no tiene que acreditar nada para recibir información clara. Y varios mandatos del apartado de empleo (qué es un “sistema de fichaje accesible”, cuándo hay carga desproporcionada) tienen dudas de aplicación que corresponde resolver a la asesoría laboral, no a este artículo.
Tabla reutilizable: momento, barrera, ajuste, responsable, evidencia
Copia esta tabla y rellénala con tus pantallas y carteles. Es tu inventario y, ante una inspección o una reclamación, tu prueba de diligencia.
| Momento | Barrera habitual | Ajuste | Responsable | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| Reserva en la web | Precio final oculto tras varios pasos | Total y desglose en la primera pantalla, en lenguaje sencillo | Gestor web / motor | Captura fechada de la pantalla |
| Confirmación | Correo largo, lo importante al final | Tres bloques: qué, cuándo, qué hacer ahora | Propietario / PMS | Plantilla versionada |
| Cancelación | Solo texto legal | Resumen en lenguaje sencillo antes de aceptar | Propietario + asesoría | Texto aprobado y fecha |
| Consentimiento de datos | Casillas encadenadas sin explicar | Una frase por dato y finalidad; ayuda en el mismo paso | Proveedor de check-in | Registro de versión del formulario |
| Identificación y documento | Error al final del proceso | Validación campo a campo y ejemplo visible | Proveedor de check-in | Informe de pruebas |
| Autenticación | Contraseña que recordar | Enlace o código de un uso | Proveedor de check-in | Flujo documentado |
| Firma | Texto pequeño en otra lengua | Mismo tamaño, misma lengua, resumen previo | Proveedor + propietario | Muestra de documento firmado |
| Pago, depósito o fianza | No se sabe qué se retiene ni cuándo vuelve | Importe, motivo y fecha de devolución antes de pagar | Propietario / pasarela | Captura y política publicada |
| Instrucciones de acceso | Código de muchos pasos sin alternativa | Pasos numerados con foto, teléfono de ayuda | Propietario | Guía de acceso versionada |
| Normas de la casa | Lista de prohibiciones | Lista de “cómo se hace”, pictogramas | Propietario | Documento y foto del cartel |
| Emergencias | Cartel con texto denso | Pictogramas, una acción por línea, recorrido marcado | Propietario + técnico | Foto fechada e informe técnico |
| Reclamaciones | Hoja solo en formato oficial | Versión en lectura fácil validada | Propietario + validador | Certificado de validación |
| Atención en recepción | Sin alternativa a la pantalla | Persona formada, guion sencillo, canal de contacto | Responsable de recepción | Registro de formación |
Plan de 90 días
No necesitas un proyecto de consultoría. Necesitas un responsable, la tabla anterior y tres meses.
| Semanas | Qué hacer |
|---|---|
| 1 a 2 | Inventario. Lista cada punto de decisión del huésped y cada documento o cartel: desde el anuncio hasta la salida. Usa la tabla como plantilla. |
| 3 a 4 | Responsables y proveedores. Para cada pantalla o soporte, quién lo cambia: tú, tu PMS, tu proveedor de check-in, tu técnico. Pide a cada uno su plan. |
| 5 a 6 | Riesgo y fecha. Clasifica cada punto por consecuencia (seguridad, derechos, importes, plazos, decisiones irreversibles) y por la norma y fecha que le aplica, con asesoría. |
| 7 a 8 | Corrige lo crítico. Emergencias, hoja de reclamaciones, cancelación, fianza, consentimiento. Añade ayuda humana y un canal alternativo en cada paso. |
| 9 a 10 | Forma a recepción. Guion en lenguaje sencillo, cómo ofrecer apoyo sin preguntar por diagnósticos, a quién derivar. |
| 11 | Prueba. Recorre el check-in con lector de pantalla, con texto ampliado, con conexión mala y con alguien que no conozca el alojamiento ni el idioma. |
| 12 | Valida y documenta. Si puedes, valida con personas con dificultades cognitivas. Anota decisiones, cargas desproporcionadas alegadas y fecha de revisión. |
Repite la semana 12 cada seis meses. Las guías del CEACOG y el catálogo de pictogramas cambiarán lo que hoy es criterio propio por referencia oficial.
Sanciones: lo que dice y lo que no dice el reglamento
El reglamento no crea una multa específica para hoteles ni para viviendas turísticas. Su artículo 21 remite las infracciones al título III de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013), a la legislación autonómica y, en el orden social, a la LISOS. Cuantías, graduación e inspección dependen de esas normas y de tu comunidad autónoma. Lo que sí tiene sanción propia, y no cambia, es el registro de viajeros del RD 933/2021.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que rehacer mi web y mi check-in antes del 2 de enero de 2027?
No necesariamente todo. Ese día entra en vigor el reglamento; qué obligaciones alcanzan a cada servicio, y desde cuándo, depende de si es un servicio de la sociedad de la información (artículo 6), un bien o servicio del RD 193/2023 (2029 y 2030) o un servicio de la Ley 11/2023 (desde 2025). Inventaría primero y decide con asesoría.
¿Un texto corto y con frases simples ya es lectura fácil?
No. Eso es lenguaje sencillo, que es el mínimo que exige el artículo 5.2. La lectura fácil es un método con pautas de redacción, diseño y maquetación y con una fase de validación por personas con dificultades de comprensión (UNE 153101). El reglamento la exige, para el alojamiento, en la hoja de reclamaciones.
¿Puedo cobrar por una versión adaptada o tardar más en atender a quien la pide?
No. El artículo 5 exige que la información cognitivamente accesible se proporcione sin coste adicional y que la solicitud de adaptación no cause dilación indebida, incluso cuando se apoye en aplicaciones o asistentes virtuales.
¿Tengo que preguntar al huésped si tiene una discapacidad?
No, y conviene no hacerlo. La norma protege situaciones (edad, idioma, salud, contexto), no diagnósticos, y el 33 % del artículo 14 es solo laboral. Ofrece información clara a todos y ayuda a quien la pida; guardar la condición de un huésped es un problema de protección de datos que no necesitas.
¿Un check-in online cumple por sí solo con el reglamento?
No. Es una pantalla más del recorrido, y puede ser la más accesible o la menos. Cumple su parte si pide solo lo necesario, explica por qué, valida al momento, conserva lo completado y ofrece ayuda; el alojamiento sigue debiendo cubrir carteles, normas, reclamaciones y atención humana.
